Acuerdo Politico Para Una Economia Estable y Sustentable Y Lanzar Un Programa de Desarrollo Económico a Largo Plazo


GRAN ACUERDO POLITICO DE UNA ARGENTINA UNIDA

Y PACTO PARA EL DESARROLLO DE ARGENTINA



Autor: Licenciado en Economía José Raúl Manuel Gómez Rinesi (*)

Contacto: E-Mail: estudiodeeconomiayfinanzasjgr@outlook.com 


Telefono y whats app: 2235603398 - Mar del Plata



LA PROPUESTA:



Negociar con todos los partidos politicos, con todos los gobernadores e incluso lograr una acordada de la Corte Suprema de Justicia, referido a una CONJUNTO DE ACUERDOS BASICOS ORIENTADO A LOGRAR UNA ECONOMIA ESTABLE Y SUSTENTABLE

Y UNA ESTRUCTURA MONETARIA Y LEGAL ORIENTADA AL LARGO PLAZO Y BAJA TASA DE INTERES QUE PERMITA EL DESARROLLO E INDUSTRIALIZACION QUE MEJORE LA COMPETITIVIDAD DE LAS EMPRESAS ARGENTINAS CON EL OBJETO DE LOGRAR:


LANZAR UN PROGRAMA DE DESARROLLO ECONOMICO CON UN HORIZONTE DE 30 AÑOS

SERAN UN CONJUNTO DE LEYES.


LOS PUNTOS DEL ACUERDO: 



1. Para lograr Estabilidad y Sustentabilidad: 


Acordar el equilibrio del presupuesto anual considerando el pago de los servicios de la deuda en pesos y en moneda extranjera. Para ello reducir subsidios, reducir aportes a empresas del estado, efectuar obras publicas con financiacion, y reducir el nivel de las tasas de interes de la deuda interna y externa. (Tratar de acercarse al nivel de tasas de interes sobre la deuda de paises europeos tales como alemania suiza francia o EEUU o sea baja tasa de interes sobre nuestra mejor moneda para eso se propone una reforma monetaria hacia nuestra moneda mas fuerte EL PESO ORO ARGENTINO LEY 1.130 año 1881 y PESO MONEDA NACIONAL  


LEY DE MONEDA NACIONAL ARGENTINA : LEY 1.130 de 1.881

http://www.saij.gob.ar/1130-nacional-moneda-nacional-lns0002529-1881-11-03/123456789-0abc-defg-g92-52000scanyel
   


2. Lograr consenso sobre la necesidad de que LA ESTABILIDAD DE LA MONEDA Y EL NIVEL DE LA TASA DE INTERES sea considerada de tal importancia que quizas sea necesario incorporarlo a la constitucion nacional o como UN PACTO O ACUERDO a ser considerado al mismo nivel que la CONSTITUCION NACIONAL. 


..."Considerar que el valor de la moneda apunte a ser el promedio de las monedas de los paises mas importantes tales como LA ONZA TROY DE ORO, el Dolar estadounidense, el EURO europeo, El FRANCO SUIZO, La LIBRA ESTERLINA INGLESA, el YEN JAPONES, EL YUAN CHINO"... y LA TASA DE INTERES de la economia argentina debera se considerada ..." un promedio entre La tasa de interes de ALEMANIA, FRANCIA, SUIZA. INGLATERRA, EEUU, JAPON, CHINA"... algo asi como articulo de la Constitucion Nacional o Pacto o Acuerdo. 



3. Establecer la TIPIFICACION DE LOS DELITOS FINANCIEROS EN UNA LEY ESPECIFICA A SER INCORPORADO AL CODIGO PENAL Y PROCESAL PENAL QUE CONSIDERE COMO DELITO DE LESA HUMANIDAD (no prescriban nunca y poder juzgar para atras dado que la falta de inversiones dentro del pais estan causando la muerte por hambre de numerosos argentinos...) 



LEY DE MONEDA NACIONAL ARGENTINA : LEY 1.130 de 1.881


http://www.saij.gob.ar/1130-nacional-moneda-nacional-lns0002529-1881-11-03/123456789-0abc-defg-g92-52000scanyel


Los delitos financieros serían: 

Lavado de dinero dolarizacion de ganancias y evasión tributaria y laboral y saqueo a las reservas del banco central mediante la compra compulsiva e ilegal de dólares en Argentina y posterior fuga de capitales del sistema financiero legal argentino hacia atesora miento dentro del país y fuga hacia paraísos financieros internacionales a nombre de compañías off shore es constituidas sólo para evadir impuestos

El uso de moneda extranjera dentro del país (dado que según la ley en vigencia 1.130 de 1881 dice expresamente existiendo moneda argentina queda prohibido usar otra moneda en el pais), el robo de reservas la banco central, la fuga de capitales, la evasion tributaria y laboral, el uso de compañias off shore como forma de evadir impuestos dentro del pais, el lavado de dinero, la salida de divisas del pais en negro, (entre otras causales de delitos financieros). 

Las penas por delitos financieros deberían ser de 20 a 25 años no excarcelable como lo son en EEUU Francia, España o China que fusilan a los infractores y los principales paises desarrollados. 

SE ESTABLECERA LA EXTINCION DE DOMINIO SOBRE LOS BIENES OBJETO DE DELITOS FINANCIEROS


 De esta manera se citara a cada uno de los compradores de dolares a bancos y casas de cambio dado que todos están registrados (entre 1960 y 2019) y se analizara el destino que le ha dado a esos dolares y el reintegro a las RESERVAS DEL BCRA DE DONDE FUERON SUSTRAIDOS Y EL USO OBLIGATORIO DE LA MONEDA NACIONAL. Esta ley de delitos financieros tiene como objeto EL AUMENTO DEL PBI a mas de UN BILLON DE DOLARES al eliminar la economia en negro junto al crecimiento del sistema financiero como porcentaje del PBI hoy del 12% y la monetizacion de la economia en MONEDA NACIONAL y a la reforma del sistema financiero y bancario.



4. REFORMA MONETARIA: 


PROPUESTA DE REFORMA MONETARIA MEDIANTE UNA NUEVA LEY DE MONEDA NACIONAL ARGENTINA

He presentado en el punto 5 de la pagina siguiente, una idea de 
UNA NUEVA LEY DE MONEDA NACIONAL ARGENTINA:
https://comogenerarestabilidadydesarrollo.blogspot.com/


ESTABLECER QUE LA MONEDA EN LA ARGENTINA DE CURSO LEGAL ES EL PESO ORO SELLADO MONEDA NACIONAL Y EL PESO MONEDA NACIONAL, 

Y LAS DOS MONEDAS CIRCULARAN SIMULTANEAMENTE 
Y SERAN USADAS PARA LA CANCELACION DE TODO TIPO DE CONTRATOS DENTRO DEL PAIS.

ELIMINAR TODO TIPO DE DEPOSITOS, TODO TIPO DE TENENCIA Y CONTRATOS ENTRE CIUDADANOS Y EMPRESAS RESIDENTES EN EL PAIS EN OTRA MONEDA.

TODA MONEDA QUE NO SEAN LAS DE CURSO LEGAL EN ARGENTINA DEBE SER RESERVA DEL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA. 


En base a la RESOLUCION DEL 29 de marzo de 2019 del BANCO DE BASILEA QUE RESTAURA EL PATRON ORO

Resolucion del 29 de Marzo de 2019 del banco de basilea-el-regreso-al-patron-oro

Argumentación:

La ley de monedas 1.130 de 1881 se llamó ley de reordenamiento monetario: 


LEY DE MONEDA NACIONAL ARGENTINA : LEY 1.130 de 1.881

http://www.saij.gob.ar/1130-nacional-moneda-nacional-lns0002529-1881-11-03/123456789-0abc-defg-g92-52000scanyel


Hoy se repite la misma situación de esa época dado que ante crisis económicas recurrentes y el permanente déficit fiscal que se solucionó con emisión monetaria desmedida para prestar al Tesoro Nacional y concluyó en la permanente descapitalización del BCRA y la posterior devaluación de la moneda nacional en su comparación con moneda extranjera y la cotización de la Onza Troy de ORO (La moneda fue perdiendo 13 ceros en sucesivas reformas monetarias).

Como defensa el público se llevo a su domicilio las reservas del Banco Central de la Republica Argentina, fugó sus capitales del sistema financiero atesoró moneda extranjera y realizó depósitos en el exterior al cometer delitos realizar evasión tributaria y lavado de dinero o simplemente dejó de usar la moneda argentina para sus contratos de compra venta de inmuebles y grandes compras y ventas de activos, periódicamente el Poder Ejecutivo y el BCRA fue cediendo a aceptar el uso de moneda extranjera en depósitos y créditos, en vez de RESTAURAR UNA MONEDA NACIONAL QUE CUMPLA TODAS LAS FUNCIONES DE LA MONEDA:

SER RESERVA DE VALOR (MANTENER SU VALOR EN EL TIEMPO POR LA SOLA TENENCIA) ,

PATRON DE PAGOS DIFERIDOS (PODER CELEBRAR CONTRATOS A LARGO PLAZO SIN NINGUN TIPO DE INDEXACION).

SER UNIDAD DE CUENTA EN EMISION DE ACCIONES DE EMPRESAS, OBLIGACIONES NEGOCIABLES, PRESTAMOS HIPOTECARIOS, BALANCES EMPRESARIOS, DECLARACIONES JURADAS DE IMPUESTOS, SALARIOS, JUBILACIONES,

SER MONEDA DE CURSO LEGAL

Las causas además de las crisis económicas es porque EL BCRA no supo o no pudo OFRECER AL PUBLICO UNA MONEDA ESTABLE Y CONVERTIBLE lo que se inició a partir de la derogación de la convertibilidad en la década del 1930 y 1940 y la derogación del uso del PESO ORO SELLADO COMO MONEDA NACIONAL DE CURSO LEGAL.

POR ESA RAZON PROPONGO LA SIGUIENTE 

NUEVA LEY DE MONEDA NACIONAL ARGENTINA:

Visto y considerando que la moneda nacional argentina se establece en base a la ley 1.130 del año 1.881 la moneda nacional argentina es el Peso oro sellado. La unidad es un vigesimo de una onza troy. En dicha ley se establece la unidad monetaria en 1.6129 gramos de oro 900 de fino. Tambien se establece que la unidad en plata es 25 gramos de oro 900 de fino. Representada en billetes denominados PESO MONEDA NACIONAL a razon de 1 peso por cada unidad de peso oro sellado o peso de plata.


LEY DE MONEDA NACIONAL ARGENTINA : LEY 1.130 de 1.881

http://www.saij.gob.ar/1130-nacional-moneda-nacional-lns0002529-1881-11-03/123456789-0abc-defg-g92-52000scanyel


Se dipone con fuerza de ley: 

Articulo 1. La moneda argentina de curso legal es el PESO ORO SELLADO MONEDA NACIONAL ARGENTINA.

Articulo 2. La cotización de la Unidad se establecerá en base a: UNA ONZA TROY es igual a 20 PESOS ORO SELLADO ARGENTINO MONEDA NACIONAL (LA UNIDAD ES UN VIGESIMO de UNA ONZA TROY) en nuestro pais y en todos los mercados internacionales, en todas las demás monedas. El Banco Central de la República Argentina cotizará cada dia el PESO ORO SELLADO MONEDA NACIONAL ARGENTINA en todas las monedas, en el mercado Argentino y en todos los paises (en base a la cotizacion diaria de la onza troy). 



Cotización del Argentino oro en el Banco Central de la Republica Argentina


https://www.bcra.gob.ar/PublicacionesEstadisticas/Cotizacion_argentino_oro.asp


Articulo 3: Todos los contratos, el sistema financiero y el mercado de capitales y los balances y declaraciones juradas de impuestos, sólo podrán realizarse en moneda nacional argentina PESO ORO SELLADO MONEDA NACIONAL ARGENTINA.

Articulo 4. El Banco Central de la Republica Argentina emitirá BILLETES DE CURSO LEGAL que representarán la unidad monetaria argentina, el que se denominará PESO MONEDA NACIONAL. Los billetes serán un certificado de depósito de oro en las reservas internacionales del BCRA. Serán convertibles, por lo que se emitirán con respaldo oro 100%. Los billetes cotizarán en paridad con el PESO ORO SELLADO MONEDA NACIONAL ARGENTINA.

Articulo 5. La convertibilidad de los billetes a ser emitidos por el BCRA se realizará a oro (y plata) depositado en las reservas internacionales. A tal efecto por cada billete emitido, el BCRA emitirá una moneda de igual valor, a efectos de que puedan convertirse los billetes por las monedas de oro o de plata. Monedas y billetes serán emitidos en importes de 1, 2, 5, 10, 20, 50 y 100. Podrán emitirse monedas de plata por importes de 1, 0,50, 0,20, y 0,10 correspondientes a billetes de 1 peso, cincuenta centavos, veinte centavos y diez centavos. La relación entre oro y plata será establecida cada año segun la cotización de la plata en base al valor del oro de acuerdo al promedio del ultimo año calendario. Las monedas de oro y de plata quedarán depositados en las reservas internacionales del Banco Central R.A. y estarán a disponibles para la convertibilidad y circularán junto a los billetes PESO MONEDA NACIONAL y estarán disponibles para su intercambio libre en bancos y casas de cambio autorizados por el BCRA. Ambas monedas son de Curso Legal.

Articulo 6. La Moneda Nacional PESO ORO SELLADO MONEDA NACIONAL ARGENTINA es en la única moneda a la que se realizarán contratos, depósitos bancarios y créditos o préstamos bancarios, y se emitirán acciones y obligaciones y declaraciones juradas de impuestos y todo otro titulo valor a ser emitido por el estado nacional y empresas y entidades Argentinas. Por lo que en caso de existir acuerdos, contratos, depósitos o cualquier otra obligación en una moneda que no sea la moneda argentina de curso legal, el estado o los particulares podrán cancelar sus obligaciones contractuales en moneda argentina de curso legal PESO MONEDA NACIONAL o MONEDAS DE PESO ORO SELLADO MONEDA NACIONAL.

Articulo 7. Reservas internacionales. El estado nacional considera reservas internacionales toda la existencia de oro y plata existente en el pais, por lo que toda extracción de oro y plata en minas del pais deberán ser adquiridas por el estado nacional para integrar las reservas internacionales del pais.Tambien considera reservas internacionales toda la existencia de moneda extranjera existente en el pais, por lo que el estado nacional podrá transformar en moneda nacional argentina toda existencia de moneda extranjera existente en el pais, decomisar toda existencia de moneda extranjera en depósitos bancarios, cajas de seguridad, cajas fuertes personales y en toda forma de atesoramiento que las personas y empresas realicen dentro del pais que ha sido originada en fuga de capitales de la moneda nacional y del sistema financiero y mercado de capitales argentino, ya sea originada en un delito de evasion tributaria y/o lavado de dinero, o simplemente en evadir el uso de moneda nacional argentina, lo que transgrede la presente ley.En todos los casos en que la tenencia de moneda extranjera no se haya originado en delitos, la tenencia en moneda extranjera será depositada y enviada a las reservas internacionales del Banco Central R. A. y se abrirá una cuenta en el banco en cuestión a nombre del tenedor de moneda extranjera en que se depositará la cantidad de moneda nacional argentina pesos de curso legal de acuerdo a la cotización de las monedas de su tenencia. 


Cotización del Argentino oro en el Banco Central de la Republica Argentina

https://www.bcra.gob.ar/PublicacionesEstadisticas/Cotizacion_argentino_oro.asp


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(Esta ley de moneda argentina que se propone consiste la circulación simultánea de dos monedas de curso legal con poder cancelatorio, LAS MONEDAS DE PESO ORO SELLADO MONEDA NACIONAL Y LOS BILLETES DE PESOS MONEDA NACIONAL. 


En que los acuerdos entre argentinos se hagan en PESOS ORO SELLADO MONEDA NACIONAL y se abonen ya sea en MONEDAS DE ORO O DE PLATA o en billetes emitidos por el Banco Central PESOS MONEDA NACIONAL.Se parte de la cotización 1 a 1 entre el PESO ORO SELLADO MONEDA NACIONAL y el PESO MONEDA NACIONAL.En la medida que los billetes PESO MONEDA NACIONAL difieran del valor del PESO ORO SELLADO MONEDA NACIONAL los acuerdos que se pactan en base al PESO ORO SELLADO MONEDA NACIONAL se abonarán tomado como un índice y se concretarán en billetes de PESO MONEDA NACIONAL equivalentes a la suma de PESOS ORO SELLADO MONEDA NACIONAL acordados).


La idea de una nueva ley de monedas que establezca EL FIN DEL BIMONETARISMO EN ARGENTINA Y ESTABLECER UN PROCESO DE REORDENAMIENTO MONETARIO (COMO HIZO CARLOS PELLEGRINI EL 3 de noviembre de 1881 al sancionar la ley 1.130 que se adjunta).


 LEY DE MONEDA NACIONAL ARGENTINA : LEY 1.130 de 1.881

http://www.saij.gob.ar/1130-nacional-moneda-nacional-lns0002529-1881-11-03/123456789-0abc-defg-g92-52000scanyel


Y QUE TODA MONEDA EXTRANJERA Y ORO VAYA A LAS RESERVAS DEL BANCO CENTRAL Y LA UNICA MONEDA A SER USADA EN EL PAIS ES LA MONEDA NACIONAL ARGENTINA, REMONETIZAR EL ORO y establecer nuevamente el PESO ORO SELLADO ARGENTINO como moneda central del sistema monetario argentino de acuerdo a la ley 1.130 del 1881, y que en base a el se establezca el sistema financiero y bancario y el mercado de capitales y sea la moneda para la declaracion jurada de impuestos y para expresar contratos a largo plazo, y ademas establecer emision de billetes equivalentes a esa moneda central que serian nuevos PESO MONEDA NACIONAL con una leyenda que diga ..." este billete es un CERTIFICADO DE DEPOSITO DE ORO" y que se establezca la doble circulacion de MONEDAS DE ORO Y DE PLATA y de billetes PESO MONEDA NACIONAL y puedan intercambiarse libremente en bancos y casas de cambio. De esa manera nunca mas perdera valor el billete fiat argentino. ESTOY HABLANDO DE VOLVER AL PATRON ORO segun le establece EL BANCO DE BASILEA en su resolucion del 29 de marzo de 2019 

En base a la RESOLUCION DEL 29 de marzo de 2019 del BANCO DE BASILEA QUE RESTAURA EL PATRON ORO

Resolucion del 29 de Marzo de 2019 del banco de basilea-el-regreso-al-patron-oro

SE VUELVE A MONETIZAR EL ORO COMO DIVISA INTERNACIONAL Y COMO RESERVA DE LOS BANCOS CENTRALES estop implicaria SALIRSE DEL ACUERDO DE BRETTON WOODS. El objeto central sera COMERCIAR EN MONEDAS PROPIAS con paises del BRICS de Latinoamerica y de Africa y Asia (con los que somos en general superavitarios ... comerciar con monedas propias... y el resultado QUE NOS ENVIEN LINGOTES DE ORO que permita aumentar las reservas de oro al nivel de paises desarrollados 2.000 a 3.000 toneladas de oro, que se aumentarian tambien ESTABLECIENDO LA PROHIBICION DE EXPORTACIONES DE ORO Y PLATA y que toda extraccion de oro y plata de minas del pais sean orientados a las reservas dle BCRA y ademas traer oro y plata de paises latinoamericanos y refinarlos en el pais y aumentar las reservas de oro del BCRA. (Actualmente se extraen unas 200 toneladas anuales de oro y unas 1.000 toneladas anuales de plata en minas del pais. Ver estadisticas se exportan un promedio de 5.000 mill de oro y plata anualmente los ultimos 30 años... mientras el bcra no tiene reservas y solo quedan 60 tn de oro en el bcra valuados en unos 3.000 millones de dolares nada mas).

COMO PROPONGO IMPLEMENTAR LA REFORMA MONETARIA: 

Para realizar una Reforma monetaria como la que propongo si hoy el ARGENTINO DE ORO DE 5 PESOS ORO COTIZA EN EL BCRA: 

Cotización del Argentino oro en el Banco Central de la Republica Argentina


https://www.bcra.gob.ar/PublicacionesEstadisticas/Cotizacion_argentino_oro.asp


Si se devalua a unos 100 pesos el dolar, el ARGENTINO DE ORO DE 5 PESOS ORO VALDRIA 50.000 pesos y el PESO ORO VALDRIA 10.000 pesos. 


La reforma seria 1 PESO ORO = 1 NUEVO PESO MONEDA NACIONAL = 10.000 pesos actuales. 


O sea sacarle 4 ceros a la moneda actual. Y que sea el PESO ORO SELLADO EL CENTRO DE TODOS LOS CONTRATOS DEPOSITOS BANCARIOS MERCADO DE CAPITALES Y DECLARACION DE IMPUESTOS Y CONTRATOS A LARGO PLAZO porque cumple TODAS LAS FUNCIONES DE LA MONEDA.


RESPALDAR NUESTRA MONEDA CON ORO

DE CUÁNTAS TONELADAS DE ORO HABLAMOS?

SI LA CIRCULACIÓN MONETARIA Y BASE MONETARIA ES DE UNOS 2 BILLONES DE PESOS ACTUALES :


https://www.bcra.gob.ar/PublicacionesEstadisticas/Principales_variables.asp



EQUIVALEN (CON UN DÓLAR QUE COTICE A 100 PESOS COMO PROPONGO

PARA QUE UN PESO ORO VALGA 10.000 PESOS ACTUALES

 Y LA REFORMA SERIA QUITARLE 4 CEROS Y QUE QUEDE 

1 Peso oro argentino= 1 nuevo PESO MONEDA NACIONAL 2020

Y DEJAR FIJO EL VALOR DEL DOLAR

HOY UN PESO ORO ARGENTINO EQUIVALE A 100 DOLARES. (LA ONZA TROY SEGUN COTIZACION DE AGOSTO DE 2020 ESTÁ A 2.000 dólares y a su vez esa onza troy equivale a 20 pesos oro argentino o sea 2.000/20=100)

Tengamos en cuenta que el lanzamiento de esa reforma monetaria que propongo demoraría entre canje de billetes e implementación 6 meses a 9 meses a un año...


Cotización del Argentino oro en el Banco Central de la Republica Argentina


https://www.bcra.gob.ar/PublicacionesEstadisticas/Cotizacion_argentino_oro.asp


Cuanto oro se necesita para respaldar dos billones de pesos actuales con dolar a 100 y teniendo en cuenta que una tonelada vale 63 millones de dólares... 

Dos billones dividido 100 da 20.000 millones de dólares sería 

EL VALOR DE LA BASE MONETARIA EN DOLARES 20.000

 y dividido 63 millones la tonelada de oro 

se necesitan sólo 318 toneladas de oro 

y ya tenemos hoy 60 tn de oro ya 

y sólo faltarían 258 toneladas 

que equivalen a 16.254 millones de dólares para comprarlas. 

Pero si se frena la salida de oro de nuestras minas y se lo lleva al banco central todo lo que producen las minas argentinas en ese caso se comprarían en forma interna an pesos: sumemos existencias en joyerías casas de cambio y bancos argentinos y público que posee monedas por numismatica más el oro y plata extraído dentro del pais en un año ya se contaría con esa suma de oro

y en tal caso se trae de Chile Perú Bolivia Brasil Venezuela por canje por otras exportaciones 

América fue siempre productor de oro y plata 

ES HORA DE FRENAR LA SALIDA... ARGENTINA PRODUCE MAS DE 1.000 TONELADAS DE PLATA Y MAS DE 200 TONELADAS DE ORO CADA AÑO, 

CON FRENAR LAS EXPORTACIONES EL BANCO CENTRAL RESPALDA 100% CON ORO Y PLATA SU DIVISA INTERNACIONAL

Y ASÍ PODER COMERCIAR CON NUESTRA MONEDA PROPIA PESO ORO ARGENTINO Y PESO MONEDA NACIONAL 2020.



Cotización del Argentino oro en el Banco Central de la Republica Argentina



https://www.bcra.gob.ar/PublicacionesEstadisticas/Cotizacion_argentino_oro.asp



5. Establecer la renegociación de la deuda bajo ley argentina y ley internacional. 

He presentado en el punto 6 de la pagina siguiente, una idea de refinanciación general de deudas que pueden analizarla con detalle:


https://comogenerarestabilidadydesarrollo.blogspot.com/

PLAN DE REORDENAMIENTO MONETARIO

REFINANCIACION DE PASIVOS

Una vez aprobada la reforma monetaria, se propone con el objeto de evitar la emisión en concepto leliqs y el vencimiento precipitado de deudas de provincias y deudas del BCRA y el Tesoro Nacional que puede implicar una emisión monetaria desmedida que corre el peligro de provocar una hiperinflación como la del 1989, se propone la refinanciación general de pasivos en una moneda nacional fuerte y estable de acuerdo a la propuesta del punto 4 del presente acuerdo con el objeto de mejorar el perfil de la deuda mediante la refinanciación de pasivos del Tesoro Nacional en forma compulsiva que asumirá todas las deudas del BCRA y de los Bancos Autorizados a operar en argentina por el BCRA Emision de tres tipos de bonos de refinanciación de pasivos:



BONO PATACON DEPOSITOS


1. Bono en PESOS ORO MONEDA NACIONAL a 30 años interés 2% anual para canje por depósitos bancarios de residentes en bancos autorizados por el BCRA, por depósitos en pesos y en dólares (A 30 años con el 2% de interés anual PATACON D )



BONO PATACON CREDITOS PARA RESIDENTES


2. Bono en PESOS ORO MONEDA NACIONAL a 30 años interés 3% anual para canje por créditos de residentes, acreencias en pesos y en dólares por LEBAC LELIQ LETES EN DOLARES Y TODO TIPO DE DEUDAS DEL BCRA, BOTE BONAC BONAD BONOS CER DEL CANJE DE 2005 Y TODO TIPO DE DEUDAS DEL TESORO Y DE BANCOS NACIONALES Y DE PROVINCIAS ARGENTINAS, y TODO TIPO DE BONOS EN VIGENCIA EN PESOS Y EN DOLARES EN PODER DE RESIDENTES (A 30 años con el 3% de interés anual PATACON C) Tambien se propone la refinanciación de todo tipo de deudas entre gobiernos Provinciales y Municipales con el sistema financiero y con el Gobierno Nacional e incluso del sistema eléctrico CAMMESA y de empresas argentinas con residentes y con bancos autorizados por el BCRA.



BONO PATACON CREDITOS EN DOLARES PARA NO RESIDENTES


3. Bono en dólares para el canje por deudas en dólares de acreedores no residentes en forma voluntaria (A 30 años de plazo con el 3% de interés anual PATACON CREDITOS EN DOLARES al 3%)


El Tesoro ofrecerá el canje progresivo y en forma voluntaria mediante la entrega en pago de deuda externa y en especial todos los vencimiento de deuda externa de servicios y amortizaciones durante los años 2020, 2021, 2022, 2023, y todos los bonos emitidos sobre ley extranjera. Además periódicamente realizará licitaciones periódicas para el canje voluntario de toda la deuda en moneda extranjera y se aceptará canjes a porcentajes menores al 100% por todos los bonos en vigencia, los acreedores internacionales tendran la opcion de mantener los bonos actuales o aceptar su canje en forma voluntaria.


TODOS LOS BONOS COTIZARAN EN BOLSAS Y MERCADOS A PARTIR DEL PIMER DIA DE EMISION.



NUEVA DEUDA


El Estado Nacional podrá administrar en base al presupuesto el pago de sus gastos mediante la recaudación de impuestos.Todo gasto que exceda podrá realizarlo mediante la entrega de bonos en pesos oro moneda nacional a 30 años con una tasa de interés del 3% anual (PATACON CREDITOS) para personas y empresas residentes y serán emitidos como billetes de uso corriente para la asistencia a Provincias y Municipios y pago a proveedores, empresas y pago parcial a personas ya sean empleados públicos, jubilados, beneficiarios de asistencia a planes sociales, IFE y todo tipo de asistencia a empresas y salarios del sector privado en la actual emergencia económica que requerirá un incremento extraordinario del gasto publico, y de esta manera evitar una emisión monetaria desmedida que puede correr el riesgo de hiperinflación como en 1989.



6. REFORMA DEL SISTEMA FINANCIERO Y BANCARIO:

SITUACION DEL SISTEMA FINANCIERO Y TODAS LAS OPERACIONES DE LOS BANCOS AUTORIZADOS POR EL BCRA A OPERAR EN ARGENTINA DESPUES DEL LANZAMIENTO DEL PLAN DE REFINANCIACION GENERAL DE DEUDAS PROPUESTOS EN EL punto 6 de esta pagina web: 


https://comogenerarestabilidadydesarrollo.blogspot.com/

Quedaran calzados sus depositos al 2% (Patacon DEPOSITOS) y sus creditos al 3% (Patacon CREDITOS)

Se deberá definir a partir de que monto serán canjeados los depósitos, se propone que sea a partir a un equivalente a 3.000 dólares o 2 onzas troy y superiores. Los montos inferiores de depósitos en cuenta corriente y en cajas de ahorro, depósitos a plazo fijo en pesos y dólares serán de libre disponibilidad y los montos superiores se canjearán por los bonos PATACON DEPOSITOS EN PESOS ORO SELLADO MONEDA NACIONAL a 30 años y a interés del 2% anual y seran abonados en PESOS MONEDA NACIONAL.

Todos los nuevos depósitos y créditos que se celebren en el mercado financiero que a partir de ahora serán DEPOSITOS DE PLAZOS FIJOS EN PESOS ORO SELLADO AL 2% anual y CREDITOS EN PESOS ORO SELLADO al 3% anual.


Se propone evitar toda indexación de depósitos y créditos por costo de vida y salarios.

Y transformar a este nivel de depósitos 2% y créditos 3% a todos los créditos UVA y los bonos que se negocien en el mercado de capitales:

Nuevos créditos para la financiación de viviendas fondeados mediante la emisión de Cédulas hipotecarias en pesos oro a 30 años con una tasa de interés del 2% anual para la captación de ahorros del mercado financiero para la construcción de viviendas serán emitidas por bancos o por el estado nacional y Crésditos Hipotecarios a 30 años de plazo en pesos oro mas una tasa de interés del 3% anual.

Obligaciones Negociables de empresas en pesos oro a un plazo de hasta 30 años con una tasa de interés hasta el 3% anual. (equivalentes a créditos)



RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL Y ENCAJES DE LOS BANCOS AUTORIZADOS A OPERAR POR EL BCRA:

Se propone que en un plazo de 30 meses LOS BANCOS AUTORIZADOS A OPERAR EN EL PAIS POR EL BANCO CENTRAL integren en el Banco Central en ORO FISICO EN PESOS ORO un importe equivalente al Capital Social de cada banco y al encaje sobre los depósitos bancarios.

A razón de un 3.33% cada mes calendario. El depósito se efectuara en el Banco Central.De esta forma se consolidarán los bancos y se aumentarán las reservas del Banco Central en ORO FISICO en vez de ser sólo papel pintado.

Los bancos podrán usar pesos y dólares de su tenencia para adquirir en el mercado nacional e internacional para consolidar su capital en ORO FISICO en PESOS ORO MONEDA NACIONAL ARGENTINA.



REFORMA DEL SISTEMA FINANCIERO


La ley 21.560 es el resultado de la influencia de DAVID ROKEFELLER y de la EMBAJADA DE EEUU que busco que los Bancos inernacionales se adueñen del sistema financiero y bancario Argentino y protejan a sus Multinacionales Americanas.

HOY HAY QUE PONERLES UN LIMITE A TODOS LOS BANCOS GANANCIA MAXIMA 1% ANUAL Y TASA DE INTERES MAXIMA 3% anual.

LA REFORMA DEBERIA ESTABLECER QUE EL SISTEMA FINANCIERO Y BANCARIO ES UN AUXILIAR DEL MERCADO DE CAPITALES ARGENTINO 

o sea funcionara segun la ley del mercado de capitales y las normas de la COMISION NACIONALDE VALORES segun la ley de fondos comunes de inversion y la ley de fideicomiso o sea fondos fiduciarios. O sea los bancos realizaran operaciones de UNDERWRITING o sea la colocacion de ACCIONES DE EMPRESAS Y DEUDAS DE EMPRESAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES AUTORIZADAS POR LA COMISION NACIONAL DE VALORES Y BOLSAS Y MERCADOS

PROPONGO ADEMAS UN SISTEMA DE BANCARIZACION ABSOLUTA (VER EL SISTEMA VIGENTE EN CHILE) o sea para efectuar cualquier pago solo se aceptaran debitos bancarios o transferencias bancarias y el uso de efectivo sera solo hasta un salario minimo 20.000 pesos actuales por cada mes), para quienes quieran recibir prestamos deberan las pymes y empresas cotizar en bolsa y emitir OBLIGACIONES NEGOCIABLES y ACCIONES, y los ahorristas podran obtener renta al comprar esas obligaciones negociables o acciones de empresas o fondos comunes de inversion.

También establecer un sistema de financiación de viviendas a tasas de interes que no superen el 3% anual. La ganancia bancaria debera ser limitada al 1% anual.

LEY DE USURA: se establecera COMO NUEVA LEY DE USURA (o quizas como un anexo a LA LEY DE ABASTECIMIENTO) QUE SE CONSIDERARA USURA una TASA DE INTERES SUPERIOR AL 3% ANUAL 

y se intervendrá las entidades bancarias y otras entidades financieras que superen ese nivel de tasa de interés 3% anual.

EL BANCO CENTRAL DEBE DEJAR DE CREAR DEUDAS. 
O sea solo operar comprando y vendiendo BONOS DEL TESORO emitidos por el TESORO NACIONAL, como opera el BANCO EUROPEO con operaciones de mercado abierto con bonos emitidos por otros.



7. COMO RECUPERAR CAPACIDAD DE REPAGO DE DEUDA PUBLICA INTERNA Y EXTERNA:

CONTROL Y NACIONALIZACION DEL COMERCIO EXTERIOR.

ARGENTINA DEBE RECUPERAR EL DOMINIO NACIONAL DE TODOS LOS DOLARES GENERADOS POR SUS EXPORTACIONES Y VAYAN AL BANCO CENTRAL COMO RESERVAS INTERNACIONALES:


Argumento: 

El FMI y la Embajada de EEUU DESTRUYERON LOS MECANISMOS DE REGULACION DELA ECONOMIA ARGENTINA Y SE APODERARON CON LAS MULTINACIONALES DE LOS DOLARES DE TODO EL COMERCIO EXTERIOR ARGENTINO, es asi como LA JUNTA DE GRANOS que habia constuido los SILOS ... terminaron en manos de CARGILL NIDERA CORFO GLENCORE y hoy mas del 75% de la exportacion de granos lo monopolizan estas empresas, en CARNES Destruyeron la CAP y hoy la gran mayoria de los frigorificos son de capitales extranjeros, LA MINERIA mediante la ley de mineria de la decada del 90 hace ya 30 años quienes sacan los minerales y se los llevan sin industrializar son Multinacionales, lo mismo el petroleo y gas...

Por esa razon propongo que, como se hizo con YPF:

CREAR SOCIEDADES QUE SE APROPIEN DEL 51% DE LA PROPIEDAD DE EXPORTACIONES DE GRANOS, CARNES, GAS, PETROLEO, PRODUCTOS PROVENIENTES DE LA MINERIA y PRODUCTOS PERTOQUIMICOS.

7.1.EL ESTADO ARGENTINO: SE CREA UNA JUNTA NACIONAL DE GRANOS S. A. CON COTIZACIÓN EN BOLSA QUE REALIZA UN APORTE DEL 51% DEL CAPITAL SOCIAL A TODAS LAS TENEDORAS DE SILOS DE GRANOS EL 51% DEL CAPITAL SOCIAL PIR LO QUE GLENCORE CARGILL CORFO Y OTRAS QUEDAN CON EL 49% RESTANTE (POR LO QUE EL ESTADO ARGENTINO RECUPERA LA POSESIÓN DE LOS SILOS Y LAS EXPORTACIONES DE GRANOS EN MANOS DEL ESTADO Y QUEDAN LAS EXPORTADORAS DE GRANOS EN MINORÍA ADJUNTAR COMO VISTO Y CONSIDERANDO DE LA LEY TODA LA HISTORIA DE LA JUNTA NACIONAL DE GRANOS ARGENTINA... QUE CONSTRUYÓ LOS SILOS

7.2.EL ESTADO ARGENTINO SE CREA UNA CORPORACIÓN DE PRODUCTORES DE CARNES ARGENTINAS S. A. CCN COTIZACIÓN EN BOLSA QUE REALIZA UN APORTE DEL 51% DEL CAPITAL SOCIAL A TODOS LOS FRIGORÍFICOS DE CARNE BOVINA EQUINA CERDOS CORDEROS CHIVOS Y POLLOS Y PAVOS... ADJUNTAR COMO VISTO Y CONSIDERANDO DE LA LEY LA HISTORIA DE LA CORPORACIÓN DE PRODUCTORES DE CARNES ARGENTINA CAP...

7.3.EL ESTADO NACIONAL CREA YACIMIENTOS MINEROS ARGENTINOS S. A. CON COTIZACIÓN EN BOLSA QUE REALIZA UN APORTE DEL 51% A TODAS LAS EMPRESAS MINERAS Y SE REFORMA LA LEY DE MINERIA EN DEFENSA DEL SUBSUELO ARGENTINO EN PODER DEL ESTADO NACIONAL Y CON INDUSTRIALIZACIÓN EN ARGENTINA DE ORO PLATA LITIO Y OTROS PRODUCTOS MINEROS. SE ADJUNTA LA HISTORIA NACIONAL DE LA MINERIA ARGENTINA.

7.4.EL ESTADO ARGENTINO CREA PETROQUIMICA ARGENTINA S. A. CON COTIZACIÓN EN BOLSA Y REALIZA UN APORTE DEL 51% DEL CAPITAL SOCIAL DE TODAS LAS EMPRESAS PETROQUIMICAS QUE QUEDAN CON EL 49% RESTANTE EN MINORIA. SE ADJUNTA LA HISTORIA DE LA PETROQUIMICA ARGENTINA CON LA CONSTRUCCIÓN DEL POLO PETROQUIMICA BAHÍA BLANCA POR EL ESTADO NACIONAL.

ESTÁ ES LA MANERA DE EXPLICAR EL CONTROL Y LA NACIONALIZACION DEL COMERCIO EXTERIOR ARGENTINO. 



8. SANCIONAR UNA NUEVA LEY DE INVERSIONES Y COMERCIO EXTERIOR en la que se establezca que ARGENTINA ES UN PAIS INDUSTRIAL. 


Y en cada rubro ir estableciendo las condiciones que deben cumplir las inversiones dentro del pais, a lo que deberan adaptarse todos los inversores y todas las empresas existentes en el pais. Se deberan establecer las condiciones de cuidado ambiental, Prohibir el uso de venenos que perjudican el medio ambiente segun el Acuerdo de PARIS sobre el cuidado del Medio Ambiente e ir hacia la Agricultura y ganadería Orgánica con apoyo del INTA SENASA INASE IASCAV Y EL INSTITUTO DE LA CARNE. Y prohibir la salida de productos sin elaboracion (Hay que reconocer que hemos sido Primarizados y Africanizados por las multinacionales extranjeras, que se llevan los recursos naturales argentinos sin ningun tipo de elaboracion impidiendo el desarrollo nacional). Establecer aranceles en el comercio exterior con un fuerte castigo a la salida de recursos naturales sin elaborar. Y favorecer con menores retenciones a productos industrializados segun grado de elaboracion e incluso establecer reembolsos para incentivar la industrializacion y exportacion de productos industrializados en el caso de resultar necesario.

En la siguiente pagina web hay una detallada explicacion de ideas para realizar una reforma de la legislación referida a Inversionesy comercio exterior aggiornada a las normas vigentes en la comunidad europea y países avanzados y teniendo en cuenta que Argentina será UN PAIS INDUSTRIAL CON RESPETO AL MEDIO AMBIENTE PARA SER UNA POTENCIA INTERNACIONAL Y EXPORTAR PRODUCTOS INDUSTRIALIZADOS EN NUESTRO PAIS y que todo acuerdo internacional Argentina NUNCA DEBE RENUNCIAR A SER UN PAIS INDUSTRIALIZADO Y UNA POTENCIA INTERNACIONAL:

http://ideasparaunaargentinapotencia.blogspot.com/


La Ley de Inversiones Extranjeras debe estar aggiornada a los estándares internacionales de responsabilidad social empresaria similares a las existentes en los países más desarrollados, en el ámbito internacional actual, esa legislación deberá constituir un verdadero Código que agrupe a las diferentes tipos de inversiones extranjeras, nacionales, privadas y públicas: un Régimen de Explotación de Fuentes de Energía y todo tipo de recursos no renovables (Petróleo, Gas, Minería, el Litio, el Potasio, Agua Potable, Glaciares, etc) Energía Renovable, Explotación de todo tipo de recursos naturales: Forestales, Agropecuarios, Pesca, y todas las Economías Regionales, y todo tipo de inversiones en general.

Establecer en el Régimen de Promoción de Inversiones y Exportaciones, la explotación responsable, sea cumpliendo la ley de protección de Glaciares, las normas ambientales, sostenible y ecológica, y los efluentes sean tratados para no dañar el medio ambiente.

Para favorecer el mejor uso de los recursos no renovables, los productos obtenidos por explotación de recursos no renovables, tales como por ejemplo: la minera deberían ser elaborados dentro del país, y así producir actividad industrial dentro del país por ejemplo el Litio (que se exporten las baterías ya listas para su uso en celulares, automóviles eléctricos y otros usos ). Lo mismo con otros minerales, el oro, cobre y otros productos mineros, realizar dentro de nuestro país el refinado y elaboración en lingotes en el caso del oro y de cables o componentes eléctricos en el caso del cobre, de tal manera que salga el producto elaborado directamente para el consumo y en caso de ser exportados tengan el mayor valor agregado posible y ocupe la mayor cantidad de mano de obra argentina. En el caso del petróleo; propender a que se exporte el petróleo refinado ya como naftas o gasoil u otros subproductos, y en el caso del gas, que se establezcan plantas que permitan exportar como gas licuado, como hacen otros países a los que hoy les estamos comprando ese producto.

Dejar claramente establecido que no se aceptará ningún tipo de acuerdo paralelo sobre otra legislación extranjera, con pena de expulsión del país y decomiso de sus inversiones.

En tal sentido se debe reafirmar el Sistema Jurídico Argentino que tiene absoluto respeto del derecho de propiedad privada, y respeto por la vigencia de los contratos, de acuerdo al enunciado de nuestra Constitución Nacional y códigos en vigencia complementado por la jurisprudencia internacional en la materia.”



9. Impulsar mediante un regimen de promocion las industrias nacionales de ASTILLEROS NAVALES hasta lograr tener nuevamente una FLOTA NACIONAL MARITIMA Y FLUVIAL y promover las empresas de transporte de cargas maritimas y fluviales, las compañias de seguro de cargas y todas las actividades de pesca y la explotacion de los recursos de la plataforma maritima ampliada argentina.



10. PROMOVER EL DESARROLLO DEL MERCADO DE CAPITALES ARGENTINO.
La acumulacion del capital nacional y el aumento de las inversiones en un plan de desarrollo con tasas de 3% anual y a plazos de hasta 30 años se basara en el CRECIMIENTO DEL MERCADO DE CAPITALES ARGENTINO mediante las emisiones de Acciones y obligaciones negociables de la mayor cantidad posible de empresas grande pequeñas y medianas. 


Se debe analizar sancionar una ley de COMPAÑIAS DE INVERSIONES DE CAPITAL DE RIESGO que pueden basarse en la ley de fideicomeso financiero y permitirian, estableciendose varias en cada provincia argentina lograr la reapertura de pymes hoy cerradas con aportes de capital social en vez de deudas. 



En Canada y brasil existe legislacion hace 50 años. Se constituyen y se fortalecen con el aporte de un porcentaje de los impuestos a las ganancias que debera legislarse para capitalizarlas. Tanto la Bolsa de Comercio de Buenos Aires y bolsas del interior del pais apoyaran con gusto estas ideas. En eso puedo dar una mano tengo las leyes de esos paises a mano.

En la siguiente pagina web hay una detallada explicacion de ideas para impulsar el mercado de capitales argentino y las Compañias de inversiones de Capital de Riesgo en Argentina:

http://ideasparaunaargentinapotencia.blogspot.com/





11. Definición de zonas francas, con el objeto de priorizar inversiones en diversas zonas del pais con menor carga de impuestos, podrian ser todas las zonas de fronteras en todas las provincias fronterizas, una franja de 100/200 kilometros desde la frontera (provincias de Entre Rios, Corrientes Misiones, Formosa y norte del Chaco, Jujuy, Salta (con Brasil, Uruguay Paraguay y Bolivia) y todas las provincias limitrofes con Chile (ademas de Salta, Catamarca, La Rioja, San Juan, Mendoza, Neuquen,Chubutt, Santa Cruz y Tierra del Fuego). El Regimen de zonas francas podria ser analizado a partir del actual regimen legal de Tierra del Fuego. El objeto seria orientar a las nuevas inversiones a esas zonas, asi como tratar de poblarlas con gente hoy desocupada en grandes ciudades que podrian trasladarse a esas zonas. Habria que ademas realizar una especie de Reforma Agraria en esas zonas para facilitar su poblacion y multiplicar terrenos disponibles en zonas de frontera. Cada provincia deberia definir con acuerdo de la nacion los Departamentos que seran declarados zonas francas, que seran los menos desarrollados de cada provincia. Se deberia establecer un limite claro con el resto del pais con aduanas internas, alambrados y puestos de aduana. Esas zonas tendran libre importacion y exportacion como el regimen de Tierra del Fuego con menores impuestos y cargas sociales.




12. Poblacion de pueblos fantasma del interior del pais: 

Es visible que mas de 2.000 pueblos fantasma que tienen infraestructura completa, calles escuelas, servicios funcionando, son una gran oportunidad de REPOBLAR CON GENTE DESOCUPADA DE GRANDES CIUDADES ofreciendole una parcela para cultivar hortalizas y frutas u otros trabajos.

DEBE SER UNA POLITICA DE ESTADO POBLAR PUEBLOS FANTASMA EN ARGENTINA (Ya se hizo en el pasado, hay que volver a relanzar la idea hoy).




13. Continuación de las implicancias de la Reforma Monetaria 
explicada en el Punto 4:

Tener el PESO ORO SELLADO ARGENTINO como base de la nueva moneda, permitira reconstruir toda la historia economica argentina a ser expresada nuevamente desde 1881 hasta el presente año a año en PESOS ORO (en base a la cotizacion de la ONZA TROY DE ORO año a año y desde 1976 trimestre a trimestre en base a la Cotizacion del ARGENTINO DE ORO de 5 PESOS ORO que realiza el Banco Central). 


Cotización del Argentino oro en el Banco Central de la Republica Argentina


https://www.bcra.gob.ar/PublicacionesEstadisticas/Cotizacion_argentino_oro.asp


De esta manera se evitara el frecuente error de analizar la historia economica argentina en base al dolar (es un gran error muy frecuente dado que es el dolar una moneda foranea demasiado variable con respecto a la cotizacion de la ONZA TROY DE ORO, veamos una onza troy cotizo a 20 dolares en 1881 a 35 dolares en 1930 a 200 dolares a partir de 1972 a 1.800 dolares en 2008 a 1.200 dolares en 2015 y a 1.500 dolares en 2019, como se vera es muy inestable con respecto a la onza troy de oro, mientras que el PESO ORO SELLADO ARGENTINO COTIZO SIEMPRE entre 1881 y hoy en un poco mas de 20 PESOS ORO una ONZA TROY y hoy equivale a 2.000/20 = 100 dolares).

La serie de numeros de la economia argentina en PESOS ORO SELLADO ARGENTINO sera una forma de ver claramente LA DECADENCIA ARGENTINA DE LOS ULTIMOS AÑOS Y SERVIRA PARA ENTRONCAR TODA LA ECONOMIA ARGENTINA A LA ONZA TROY DE ORO Y DESENMASCARAR LA USURA FINANCIERA INTERNACIONAL SOBRE ARGENTINA.

Realizar una reexpresion de toda la historia del BANCO CENTRAL ARGENTINO EN PESOS ORO SELLADO desde su creacion 1935 hasta el presente, mostrara el gran error que se cometio en haber usado billetes de papel en vez de PESOS ORO SELLADO ARGENTINO como moneda en sus balances y en su contabilidad, dado que los billetes de papel ya perdieron 13 ceros y no dejan ver la realidad. Y lo peor que ha pasado es que las LETRAS INDISPONIBLES QUE EL TESORO FUE ENTREGANDO AL BCRA EN BILLETES DE PAPEL han perdido su valor año a año y es la razon por la que tiene PATRIMONIO NEGATIVO.




14. EL EMPALME

Los balances empresarios y bancarios podran lograr un empalme entre las viejas monedas y la nueva moneda PESO ORO SELLADO ARGENTINO mediante un AJUSTE A SUS BALANCES basado en la COTIZACION DEL ARGENTINO DE ORO DEL BCRA DESDE 1976 HASTA EL PRESENTE 


Cotización del Argentino oro en el Banco Central de la Republica Argentina


https://www.bcra.gob.ar/PublicacionesEstadisticas/Cotizacion_argentino_oro.asp

tomando el valor en PESOS ORO a la fecha de incorporacion del patrimonio de cada empresa de cada terreno cada edificacion y cada maquinaria y insumo adquirido, y culminar con una valoracion muy superior a la actual de cada empresa y cada banco argentino. 

Se debe recordar que durante los ultimos tres años 2018 2019 y hasta hoy 2020 las empresas y bancos argentinos sufrieron en Wall Street un gran ataque con gran descenso de su valor de capitalizacion bursatil por la devaluacion de la moneda argentina desde 17 pesos el dolar durante 2017 hasta los 80 pesos actuales. Esta propuesta remediara el problema de la debilidad de la moneda hoy vigente. Y es esa la razon por la que he propuesto en el PUNTO 2 del acuerdo que LA MONEDA ARGENTINA DEBE SER ESTABLE Y LA TASA DE INTERES BAJA (si se piensa en realizar acuerdos con la comunidad europea o con japon o Mexico se debe dar a las empresas la posibilidad de competir con moneda estable y baja tasa de interes).



15. 
EMPALME EN EL BANCO CENTRAL Y SU CAPITALIZACION


Si se logra un ajuste en la relacion entre BCRA Y EL TESORO y reexpresar por lo menos las LETRAS INDISPONIBLES QUE ENTREGO EL TESORO AL BCRA tomando el valor en PESOS ORO SELLADO ARGENTINO a la fecha de su emision y ser cambiados por NUEVAS LETRAS O BONOS EN PESOS ORO SELLADO ARGENTINO CON COTIZACION EN BOLSA MAS UNA TASA DE INTERES DEL 2% ANUAL sera posible lograr que el BCRA tenga nuevamente PATRIMONIO POSITIVO.

El Tesoro, con la recaudación de impuestos de cada mes y destinando el 2 % a la compra de oro en el mercado interno, en pesos y se entregará acuñado en monedas de diversos valores en pago al Banco Central R.A. para la cancelación de los bonos.

La producción Argentina de oro se acerca a las 200 toneladas anuales y 1.000 toneladas de plata anuales y las exportaciones ascienden a unos 5.000 millones de dólares por año y es creciente, estamos entre los 10 principales productores de oro y plata a nivel global, es cuestión de fomentar las inversiones en el refinado y la acuñación de monedas de oro y plata y fortalecer las reservas del BCRA.
Sudamérica es fuerte productora por lo que se pueda atraer materia prima e industrializarla dentro del país generando exportaciones industriales. 

Gradualmente, en la medida que se vaya capitalizando, el Banco Central R.A. contará con reservas en oro a niveles equivalentes al Banco Central de Francia, Italia, Japón, China, en cuanto a tenencia de oro, lo que dará solidez a la divisa internacional argentina y permitirá respaldar la emisión monetaria con respaldo oro 100%.


16. Fortalecimiento del sistema bancario y financiero en general.


Los bancos al igual que las empresas han visto reducido su valor de capitalizacion bursatil los ultimos años, lo que empeoro la situacion fue la reduccion de tenencia de moneda extranjera como porcentaje de su patrimonio a lo que se sumo la baja cotizacion de bonos argentinos en dolares y en pesos sobre ley argentina y extranjera.

La propuesta del uso como moneda base el PESO ORO SELLADO ARGENTINO y EL EMPALME PROPUESTO mediante el AJUSTE DE LOS BALANCES SEGUN LA COTIZACION DEL ARGENTINO DE ORO POR EL BCRA son una nueva oportunidad de dar estabilidad a los balances de los bancos.

La reexpresión propuesta en el Punto 5 de todos los bonos que reexpresen deudas del Tesoro el BCRA y Provincias a residentes en PESOS ORO ARGENTINO A 30 años mas una tasa de interes entre 2% para depósitos y 3% anual para deudas y créditos, y bonos en dólares a 30 años a tasa del 3%, y luego establecer que los BANCOS Y EMPRESAS sean autorizados a contabilizarlos A VALOR TECNICO o sea 100% mas interés corrido, eso aumentará el Valor Contable y la valorización bursátil de bancos y empresas.

La reforma bancaria y financiera propuesta en el punto 6 permitirá UN PROCESO DE SECURITIZACION DEL CREDITO EMPRESARIO y asegurar que los bancos tengan un patrimonio estable y ganen comisiones de hasta el 1% como máximo, dado que no correrán riesgo de quiebra, dado que podrán trasladar a los ahorristas el riesgo empresario al venderles las acciones y obligaciones negociables emitidas por empresas. Ese proceso también deberá ser realizado mediante traslación de HIPOTECAS y de Créditos para el consumo personal mediante traslación de bonos representativos de créditos personales en base a la ley de fideicomisos financieros.





17. EN RESUMEN:

LA SUSTENTABILIDAD DE ARGENTINA Y UN PLAN DE DESARROLLO CON UN HORIZONTE A 30 AÑOS debe basarse en recuperar comerciar el 3% del comercio internacional como fue en 1881 al 1929 y hoy es el 0,3% del comercio internacional, para ello su comercio internacional debe superar UN BILLON DE DOLARES ANUALES y solo lo lograra con INVERSIONES Y TECNOLOGIA DE PUNTA.

Desarrollar el Mercado de Capitales Argentino como base de trasladar el AHORRO ARGENTINO E INTERNACIONAL A LA INVERSION PRODUCTIVA DE EMPRESAS DE PUNTA EN ARGENTINA, Y todas las empresas estatales deben ser SOCIEDADES ANONIMAS PUBLICAS con 49% DE SU CAPITAL COTIZANDO EN TODAS LAS BOLSAS INTERNACIONALES, Y CON TECNOLOGIA DE PRIMER NIVEL INTERNACIONAL.

PARA SER CONFIABLES Debemos tener un REGIMEN PENAL EFICIENTE PARA JUZGAR TODOS LOS DELITOS FINANCIEROS Y PROTEGER LAS RESERVAS DEL BCRA QUE DEBERIA ESTAR CONSTITUIDA EN MAS DE 2.000 a 3.000
TONELADAS DE ORO Y PLATA

__________________________________________


Autor: Licenciado en Economía José Raúl Manuel Gómez Rinesi (*)

El Autor recibió en el año 1987 el Premio 50º Aniversario  Banco Central de la República Argentina –  por su trabajo  Convertibilidad: Emisión de Pesos Oro Argentino – Billetes Warrant de Oro de acuerdo a la ley de Ordenamiento Monetario 1.130 del año 1881. Que fuera utilizado como base para la redacción del enunciado de la Ley de Convertibilidad en el año 1991 y la reforma de la Carta Orgánica del BCRA.

Estudios cursados: Licenciatura en Economía – Universidad Nacional del Nordeste – 1975 

Especialización  1983: Analista idóneo en Títulos Valores. Comisión Nacional de Valores

1984: Premio Nacional Fundación Bolsa de Comercio de Buenos Aires al  Investigador científico  en inversiones bursátiles en el Mercado de Capitales 

1986: Corporación Financiera Internacional -  Analista técnico en Compañías de Capital de Riesgo Roberts - Participaciones - Bolsa de Comercio de Buenos Aires

1987: Premio 50º Aniversario  Banco Central de la República Argentina – Beca de Especialización   sobre instrumentos financieros  –  por su trabajo  Convertibilidad: Emisión de pesos oro Argentino – Billetes Warrant de Oro de acuerdo a la ley de Ordenamiento Monetario 1.130 del año 1881 (*) Que fuera utilizado como base para la redacción del enunciado de la Ley de Convertibilidad en el año 1991 y la reforma de la Carta Orgánica del BCRA.

Contacto:

E-Mail: estudiodeeconomiayfinanzasjgr@outlook.com 

Telefono y whats app: 2235603398 - Mar del Plata



Comentarios

  1. Creo q para lograr un acuerdo primero debe haber gente dispuesta a acordar.
    Tanto el pro como la izquierda, históricamente han demostrado no querer un acuerdo. Los primeros porque siempre se benefician económicamente (tienen el sartén por el mango) y los segundos que necesitan tener siempre un conflicto social para mantenerse vivos.

    Además, la gente (43% de la población argentina) no le interesa convertirse en pueblo (el 30% de los argentinos) y no tienen conciencia de la Realidad. A diferencia del pueblo, son politizados x la TV porteña.

    Además, va a aparecer la corte suprema q responde a intereses de la antipatria y todo acuerdo te lo va a declarar anticonstitucional basados en "la jurisprudencia imaginativa".

    En resumen. Pensar en un acuerdo en las condiciones actuales es una ilusión o un ejercicio solo teórico.

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